Jorge Pinos (centro), de Independiente del Valle, celebra el momento que atajó el penal en la final de la Copa Sudamericana

Jorge Pinos (centro), de Independiente del Valle, celebra el momento que atajó el penal en la final de la Copa Sudamericana. Foto: AFP

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16 de noviembre de 2019 14:29

Colón no se da por vencido y rechaza la decisión de Conmebol sobre el caso del golero Jorge Pinos 

Redacción Bendito Fútbol

El equipo argentino Colón de Santa Fe rechazó la decisión del Tribunal de Disciplina de Confederación Sudamericana de Fútbol (Conmebol). Así lo expresó en su cuenta oficial de Twitter el pasado viernes 15 de noviembre de 2019, luego de que el organismo fallara a favor de Independiente del Valle sobre la inclusión del golero Jorge Pinos.


​"El Club Colón rechaza la Decisión del Tribunal de Disciplina de Conmebol. Se pedirán los fundamentos de la misma para la apelación correspondiente (art. 54.6 R.D.C.)", indicó el 'sabalero'.
 


¿Qué dice el Artículo 54 del Reglamento Disciplinario de Conmebol? 


Artículo 54. Decisión:

1.El Tribunal de Disciplina puede acordar en su decisión:

a) La finalización o archivo del procedimiento
​b) La imposición de la sanción o sanciones que correspondan.
c) En su caso, la desestimación o aceptación de las reclamaciones
realizadas.


2. Todas las decisiones han de ser motivadas


3. Las decisiones incluirán:

​a) La valoración de las pruebas practicadas, y especialmente de aquellas que constituyan los fundamentos básicos de la decisión.
b) La fijación y enumeración de los hechos.
c) La infracción o infracciones cometidas y la sanción o sanciones que
se imponen, o bien la declaración de no existencia de infracción o
responsabilidad.
d) La persona o personas responsables.
e) Los fundamentos jurídicos en los que se apoya.
f) Si la decisión es apelable el derecho a así hacerlo, con la determinación
del órgano competente y el plazo de que se dispone.


​4. La Unidad Disciplinaria notificará las decisiones por escrito al
expedientado y, en su caso, a los interesados de conformidad con lo
dispuesto en el Artículo 38 del presente Reglamento.


​5. La notificación será válida y desplegará todos sus efectos desde que se
haya producido.


​6. El Tribunal de Disciplina o su Juez Único, podrán remitir decisiones sin fundamento las cuales serán plenamente ejecutivas desde el momento de su comunicación. Se concederá un plazo de tres (3) días para solicitar los fundamentos por la parte interesada, transcurrido el cual, si no los solicita expresamente la decisión devendrá firme. Los plazos de recurso se computarán, en su caso, desde la notificación de la decisión con fundamentos.


​Conmebol confirmó que el campeón de la Copa Sudamericana 2019 es Independiente del Valle, y "no hace lugar a la denuncia presentada por Club Atlético Colón".


La dirigencia de Colón busca justicia porque supuestamente el aquero de Independiente jugó ilegalmente y reclamaron aludiendo "fraude deportivo, por la mala inclusión del arquero".


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